El rol del Congreso
»El Congreso no solo está habilitado para fijar las bases, pues tiene el poder constituyente derivado, sino que debiera hacerse responsable de llevar a cabo el proceso».
Avanzan las tratativas para el nuevo proceso constitucional. Sobre sus bases rectoras, ya hay quienes instalan que estas constituirían un amarre para el órgano ad hoc que redactaría la propuesta.
No es un cuestionamiento inocuo que debamos dejar pasar. Y es que en el fondo se hace con la intención de sembrar la semilla de una supuesta ilegitimidad del nuevo proceso por el solo hecho de que el Congreso le raye la cancha, como si este no pudiera o no fuera su deber hacerlo. En realidad, el Congreso no solo está habilitado para fijar las bases, pues tiene el poder constituyente derivado, sino que debiera hacerse responsable de llevar a cabo el proceso, apoyado por expertos y con la estructura que podría darle una comisión bicameral abocada al tema. Pero todo indica que las fuerzas políticas con representación parlamentaria estarían por delegar ese honor y responsabilidad en un tercero.
Volviendo a las bases, lo cierto es que tras el fallido y refundacional proceso recién concluido, lo mínimo que puede hacer el Congreso —antes de embarcarnos en otro proceso cuya sustanciación sería en otra sede— es generar esos pisos, respetuosos de nuestra tradición constitucional, intentando con ello evitar los impulsos revolucionarios que siguen latentes en buena parte de Apruebo Dignidad y en otras fuerzas políticas. El ímpetu refundacional no desapareció; perdió mucha fuerza, pero revivirá si no somos tajantes y firmes en excluirlo, de manera que bienvenidas las bases.
Pero, dicho eso, las bases son por esencia cimientos o intentos de levantar un radier común. El que se exija que el órgano redactor respete nuestro carácter democrático, el derecho de propiedad, la libertad de enseñanza, la existencia de poderes independientes y órganos de control al poder, que el terrorismo es contrario a los derechos humanos, que el Congreso tenga dos cámaras y existan libertades, derechos y derechos sociales reconocidos, que pueden ser provistos por el sector público y privado, respetando su autonomía, no es más que una constatación de nuestra tradición republicana y de los avances de la modernidad. Nos parecen razonables y necesarios pues venimos saliendo de una cuasi refundación, pero si fuera el Congreso quien acometiera la tarea, y no un órgano ajeno, nos llamarían poderosamente la atención pues las daríamos por descontadas, más allá de discusiones legítimas que han de tener lugar en ese contexto.
Y como era de esperarse, hoy se instala el debate sobre cómo hacerlas exigibles pues se busca que no queden en buenas intenciones. En el texto rechazado, el derecho de propiedad y la libertad de enseñanza se declaraban (como exigen las bases), pero en realidad no se reconocían pues, en concreto, se debilitaban o comprometían severamente. Si en el proceso fallido hubiera habido un órgano que hubiera tenido que decidir si se vulneraban cuestiones de fondo, posiblemente se hubiera encontrado en un problema, pues la formulación de las bases, abierta y básica, habría dado, como es usual, para interpretaciones. Por su parte, tampoco hay que olvidar los incentivos. Si la entidad llamada a dirimir una eventual controversia entre lo resuelto por el órgano redactor y las bases fallara en “favor de las bases”, ¿sufriría represalias, por parte del órgano redactor en el futuro diseño institucional?
Todo ello nos lleva de vuelta al comienzo, pues el problema en ciernes es, sobre todo, político y entonces nos devuelve a la idea inicial sobre el rol del Congreso. El Congreso de la República, recientemente elegido bajo un sistema electoral que ha traído más problemas que soluciones de cara a la gobernabilidad, pero que se implementó para ampliar los niveles de representatividad, es un órgano democrático y representativo de la voluntad popular. Parece majadero reiterarlo, pero necesario cuando pocos parecen recordarlo. Si el Congreso no se va a hacer cargo de su responsabilidad constitucional y la trasladará a un órgano ad hoc, tiene a lo menos el deber de intermediar políticamente sobre la propuesta constitucional que su (nuestro) mandatario ad hoc —una nueva convención— ofrecerá a la nación. Más allá de la enorme importancia de las reglas electorales que se acuerden para elegir a los miembros del nuevo órgano, el Congreso no debe restarse de participar de las etapas posteriores y una forma de hacerlo es aprobando o rechazando la propuesta, sin perjuicio del determinante plebiscito de salida.
El Congreso no se prestigiará si continúa evadiendo su deber, pues no hay honor sin responsabilidad. La ciudadanía le brinda hoy, además, una inmejorable oportunidad para hacerlo, pues desconfía, y con razón, de órganos que exceden nuestra tradición republicana. ¿Lo hará?
https://www.elmercurio.com/blogs/2022/10/16/102135/el-rol-del-congreso.aspx